Subdivisión y Fusión de Predios
Autorización para partir un predio en fracciones (subdivisión) o unir dos o más en uno solo (fusión).
¿Qué es y para qué sirve?
La subdivisión parte un predio urbano en dos o más fracciones sin generar vialidades nuevas; la fusión une dos o más predios en uno solo. Ambas las autoriza la Secretaría de Obras Públicas y Desarrollo Urbano conforme al Código Urbano del Estado de Querétaro.
El artículo 202 del Código Urbano del Estado de Querétaro no permite subdividir lotes dentro de fraccionamientos ya autorizados. La fusión sí está permitida.
Necesitas además la autorización del INAH, que se tramita en el Centro INAH Querétaro.
Requisitos
9Toca cada uno para ver el detalleA nombre de todos los propietarios, con firmas originales, a mano con letra de molde o a máquina, sin tachaduras ni enmendaduras y con todos los campos requisitados.
Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, y copia del recibo de pago del impuesto predial. En el caso de fusión, presentarlos de cada predio.
Credencial del INE, pasaporte o cédula profesional.
Panorámicas, incluyendo la colindancia con la vía pública.
Sin tachaduras ni enmendaduras, en una sola hoja tamaño doble carta, con todos los datos legibles y conforme al documento que acredite la propiedad o el deslinde catastral. Debe contener: estado actual; propuesta; superficies y medidas legibles; cuadro de áreas; croquis de localización indicando el norte y los nombres de las calles circundantes; propietario; clave catastral; ubicación; escala convencional numérica; y datos del Director Responsable de Obra.
Original en cada copia del proyecto.
Además: oficio original mediante el cual se autorizó la subdivisión o fusión, y plano autorizado.
Solicitud con datos del predio y propietario, oficio original mediante el cual se autorizó la subdivisión o fusión, y planos originales autorizados.
Una copia, en caso de que las medidas físicas del predio no correspondan con las estipuladas en las escrituras. Se acompaña del certificado de libertad de gravamen con anotaciones marginales.
Costos
Categoría: derecho
El monto depende de la superficie del predio. Confírmalo en la dependencia.
